No había conocido antes esta singular sentencia, que es de noviembre del 2008, y que tiene la particularidad de que el máximo tribunal casa de oficio la sentencia del tribunal de alzada y dicta sentencia de reemplazo, aplicando el límite de 10 años a la pena que se le sustituye a quien se acoge, vía art. 18 del C. penal, al sistema normativo de la ley Nº 20.084.
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