lunes, 7 de diciembre de 2009

Corte Suprema casa de oficio y dicta sentencia de reemplazo

No había conocido antes esta singular sentencia, que es de noviembre del 2008, y que tiene la particularidad de que el máximo tribunal casa de oficio la sentencia del tribunal de alzada y dicta sentencia de reemplazo, aplicando el límite de 10 años a la pena que se le sustituye a quien se acoge, vía art. 18 del C. penal, al sistema normativo de la ley Nº 20.084.


Corte Suprema rechaza recurso de queja y establece marco normativo que incorpora plenamente a la Convencion de Derechos del Niño

"DUODÉCIMO: Que lo que hasta ahora se ha venido expresando es el resultado obligado de una tarea hermenéutica, acorde con los instrumentos que el ordenamiento jurídico pone a disposición del intérprete, entre los cuales destaca el elemento sistemático, que determina a establecer la debida correspondencia y armonía entre las diversas partes del contexto normativo, integrado, en este caso, no sólo por disposiciones de la ley local ,sino por principios y dictados ordenadores como los contenidos en la Convención Internacional sobre Derechos del Niño, ratificada por nuestro país y promulgada como ley de la República, a través del Decreto Supremo N° 830, del Ministerio de Relaciones Exteriores, especialmente de su artículo 40; conforme a su tenor, el sistema aplicable a los adolescentes infractores debe ser un sistema especial, en el que se destaque “el fomento de su sentido de la dignidad y el valor, que fortalezca el respeto del niño por los derechos humanos y las libertades fundamentales de terceros y en la que se tengan en cuenta la edad del niño y la importancia de promover su integración social y de que éste asuma una función constructiva en la sociedad” (apartado 1) siendo deber de los Estados partes adoptar medidas tendientes a asegurar “que los niños sean tratados de manera apropiada para su bienestar y que guarde proporción tanto con sus circunstancias como con la infracción” (apartado 4)."

Corte Suprema, Rechaza Recurso de Queja